La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales reemplaza a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Estas modificaciones se realizan según el avance ético de la sociedad para tratar de asegurar y velar por la confidencialidad de los datos de las personas, así como proteger sus derechos.
Tanto en el ámbito del trabajo social, como en otras profesiones en las que se hace uso y tratamiento de datos personales, es necesario respetar la privacidad de las personas y, por tanto, debemos tener en cuenta las normas previstas en esta ley, de tal forma que no infrinjamos ninguna de estas, teniendo presente también que en cada situación será diferente. Debemos actuar respetando el bienestar de los usuarios y sus datos.
Por un lado, cuando trabajemos con los datos de un usuario, debemos contar con su expresa autorización para ello, tanto para intervenir con otros profesionales como para intervenir con terceras personas del ámbito del usuario o externas, teniendo también presente que su autorización se refiera a todos los datos de los que dispongamos. En los casos en los que se trate de un menor de edad, las restricciones que presenta la ley son mayores, debido a su mayor vulnerabilidad, por lo que debemos tener el consentimiento de los padres o los tutores. También se debe tener cuidado con el uso de las tecnologías, que, a pesar de ser de gran ayuda para realizar parte de la intervención con un usuario, podemos poner en peligro los datos de este si no tenemos el debido cuidado.
Por otro lado, existen también situaciones en las que, si tenemos conocimiento de un delito o un riesgo grave para terceros, debemos comunicarlo ante un juez. Por ejemplo, en la intervención con una mujer que sufre malos tratos, en caso de que ella no quisiera denunciar, deberíamos hacerlo nosotros/as como trabajadores/as sociales.
En cualquier caso, tenemos que tener presente que, a lo largo de nuestra vida laboral, se nos presentarán situaciones complejas en las que deberemos tomar decisiones difíciles, por eso, debe primar siempre la integridad y el bienestar de los usuarios.
Trabajar con los datos de los usuarios para los trabajadores/as sociales, es una parte necesaria en la relación de ayuda, no obstante, si violamos alguna de las normas previstas en la ley, estaremos traicionando la confianza de las personas, además de ser sancionados por ello.
Como conclusión, en el ámbito del trabajo social, es muy importante seguir lo previsto en la Ley de Protección de Datos, pues así evitaremos poner en peligro la privacidad de las personas con las que trabajaremos, además de trabajar profesionalmente.
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